{"id":11174,"date":"2021-04-28T13:22:36","date_gmt":"2021-04-28T13:22:36","guid":{"rendered":"https:\/\/39876029.servicio-online.net\/?page_id=11174"},"modified":"2021-05-05T10:50:11","modified_gmt":"2021-05-05T10:50:11","slug":"condiciones-generales-de-venta","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/dprc.eu\/index.php\/condiciones-generales-de-venta\/","title":{"rendered":"Condiciones generales de venta"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-table\"><table><tbody><tr><td><strong>1. Condiciones Generales de Venta (en adelante CGV).<br><\/strong>Las presentes Condiciones Generales de Venta resultan de aplicaci\u00f3n a la sociedad Distribuci\u00f3n de Polishing, Refractarios Y Ceramica SL (DPRC).<br><br>1.1 Definiciones:<br>Acuerdo de Venta [AV]: Es la solicitud de compra que efect\u00faa el comprador frente a DPRC.<br>Vendedor: Es la sociedad DPRC o alguna de las empresas de su Grupo de sociedades, seg\u00fan sea el caso, en los t\u00e9rminos previstos por el A. 42 del C\u00f3digo de Comercio.<br>Comprador: Es la persona f\u00edsica o jur\u00eddica que negocia con DPRC las condiciones del acuerdo de compraventa con respecto a las mercanc\u00edas o servicios acordados.<br>Fuerza Mayor: son aquellas circunstancias extraordinarias que no hayan podido preverse o que, previstas, fueran inevitables. En el caso de que sucedieran, podr\u00edan impedir la entrga de las mercanc\u00edas o la prestaci\u00f3n de los servicios.<br><\/td><\/tr><tr><td>1.2. Estas CGV son aplicables a todos los pedidos de venta y a todo acuerdo posterior que traiga causa de un AV, incluidas ampliaciones de materiales o contrataci\u00f3n de servicios con DPRC y cualquier empresa de su Grupo.<\/td><\/tr><tr><td>1.3. Las CGV prevalecer\u00e1n, en caso de discrepancia, sobre cualquier otra condici\u00f3n que el comprador haya trasladado a DPRC y \u00e9sta no haya aceptado expresamente. No obstante lo anterior, las partes podr\u00e1n acordar lo que en cada caso tengan por conveniente siempre que conste aprobado por ambas en el AV.<\/td><\/tr><tr><td>1.4. La inaplicabilidad de uno o varios apartados de estas CGV no anula ni invalida el resto.<\/td><\/tr><tr><td><strong>2. El Acuerdo de Venta (en adelante SC)<br><\/strong>2.1. Cualesquiera cotizaciones o estimaciones previas de precios, condiciones o cantidades, efectuadas previamente por DPRC carecer\u00e1n de validez tras la firma del SC o, en su defecto, tras la confirmaci\u00f3n del SC por cualquier v\u00eda, por parte del Comprador.<\/td><\/tr><tr><td>2.2. Si por cualquier circunstancia, el SC no se hubiera confirmado, el SC conservar\u00e1 plena validez, constituyendo el albar\u00e1n de entrega de la mercanc\u00eda o el documento de prestaci\u00f3n del servicio firmado por el Comprador, por parte de DPRC, prueba suficiente de la aceptaci\u00f3n del SC.<\/td><\/tr><tr><td>2.3. Cualquier modificaci\u00f3n del SC, deber\u00e1 ser previamente acordado por escrito. Estas modificaciones, si las hubiere, se a\u00f1adir\u00e1n al SC. Se incluyen entre dichas modificaciones, a modo de ejemplo, modificaciones en los INCOTERMS, en la direcci\u00f3n de entrega, o cualquier otra. Si se produjese una situaci\u00f3n de Fuerza Mayor, \u00e9sta ser\u00e1 comunicada por escrito por parte de DPRC, junto con las consecuencias que suponga para el cumplimiento del SC.<\/td><\/tr><tr><td>2.4. DPRC entregar\u00e1 el material solicitado por el Comprador de acuerdo con las especificaciones t\u00e9cnicas requeridas y en la ubicaci\u00f3n y plazo acordados.<\/td><\/tr><tr><td><strong>3. Entrega de mercanc\u00eda<br><\/strong>3.1. En general, y salvo pacto en contrario que deber\u00e1 constar en el SC, la entrega se llevar\u00e1 a cabo en f\u00e1brica (ex works) de acuerdo con lo previsto en la \u00faltima actualizaci\u00f3n de la C\u00e1mara Internacional de Comercio [www.iccwbo.org] sobre Incoterms que conste asumida por DPRC en su Sitio Web (www.dprc.eu).<br><br>De acuerdo con lo anterior, el vendedor pondr\u00e1 la mercanc\u00eda a disposici\u00f3n del comprador, en los locales del vendedor o en los de su almacenista. El vendedor no gestionar\u00e1 la carga de la mercanc\u00eda veh\u00edculos, buques, ni se responsabilizar\u00e1 de autorizar su exportaci\u00f3n.<br><br>Es responsabilidad del Comprador asumir cualesquiera riesgos de las Mercanc\u00edas durante el transporte y, por tanto, asegurar \u00e9ste contra tales riesgos, incluyendo la documentaci\u00f3n del pedido, cargas, descargas, p\u00e9rdidas, robo, hurto, accidente, destrucci\u00f3n o cualquier incidencia que puedan sufrir las mercanc\u00edas una vez entregadas ex-works.<\/td><\/tr><tr><td>3.2. En el caso de que el Comprador contrate que sea DPRC quien asuma todas o algunas de las obligaciones relacionadas con la carga, transporte y\/o despacho en la aduana de las mercanc\u00edas, tales extremos deber\u00e1n constar necesariamente por escrito y, en este caso, DPRC actuar\u00e1 como agente o mero intermediario en nombre del Comprador (seg\u00fan se acuerde) y sin asumir -en ning\u00fan caso- el riesgo y ventura de la operaci\u00f3n.<br><br>En este caso, el plazo de entrega indicado por DPRC ser\u00e1 orientativo y estar\u00e1 sujeto a las condiciones de contrataci\u00f3n existentes en el momento de realizaci\u00f3n del SC, comprometi\u00e9ndose DPRC a realizar sus mejores esfuerzos con los intermediarios log\u00edsticos encargados del transporte de la mercanc\u00eda (despachadores, agentes de aduanas, aseguradoras, nSCieras, etc.) para conseguir el cumplimiento de las fechas de entrega. Si por cualquier causa no imputable a DPRC, el plazo de entrega no fuera cumplido, el Comprador no tendr\u00e1 derecho a ser indemnizado por DPRC ni a dar por terminado el SC, sin perjuicio de los derechos que le asistan contra el operador log\u00edstico o empresa que resulte responsable del retraso en los plazos de entrega.<br><br>3.2.1. DPRC podr\u00e1 realizar entregas parciales, si las condiciones del transporte -a juicio de DPRC- lo requieren, siendo suficiente un comunicado telem\u00e1tico previo dirigido al Comprador para hacerlo. DPRC, podr\u00e1 adem\u00e1s, facturar cada entrega parcial, desde el mismo d\u00eda de la entrega.<\/td><\/tr><tr><td>3.3. Si el Comprador no tomara posesi\u00f3n de las mercanc\u00edas, una vez comunicada por DPRC su puesta a disposici\u00f3n en tiempo y forma oportunos, tal comportamiento ser\u00e1 considerado incumplimiento del contrato por parte del Comprador, salvo que \u00e9ste haya enviado notificaci\u00f3n previa por escrito de la existencia de una justificaci\u00f3n razonable, admitida por DPRC, que le impida tomar posesi\u00f3n de las mercanc\u00edas.<br><br>3.3.1. Si el Comprador incumple el Contrato, adem\u00e1s de ejercer las acciones a que haya lugar en Derecho, DPRC podr\u00e1 repercutir intereses de demora, por cada d\u00eda que el Comprador mantenga la mercanc\u00eda sin retirar, de acuerdo al inter\u00e9s legal de demora para operaciones comerciales, publicado semestralmente por el Banco de Espa\u00f1a [www.bde.es]<br><br>3.3.2. En el caso de que el retraso en la toma de posesi\u00f3n de las mercanc\u00edas se deba a una justificaci\u00f3n razonable, DPRC tendr\u00e1 derecho a almacenar la Mercanc\u00eda por cuenta y riesgo del Comprador, y a repercutirle los gastos ocasionados. En todo caso, el Comprador, independientemente de la causa que motive la falta de recepci\u00f3n de las mercanc\u00edas, se responsabiliza de cualquier gasto o deuda que traiga causa de dicha falta de recepci\u00f3n de la mercanc\u00eda en tiempo y forma oportunos.<\/td><\/tr><tr><td><strong>4. Reclamaciones<br>4.1. <\/strong>En el momento de entrega de la mercanc\u00eda, el Cliente, deber\u00e1 inspeccionar la mercanc\u00eda y verificar tonelaje y estado, teniendo 72 hrs para hacer las reclamaciones que considere oportunas que ser\u00e1n atendidas por DPRC, inmediatamente. Si bien, no se atender\u00e1n reclamaciones que no est\u00e9n especificadas en el SC<\/td><\/tr><tr><td>4.2. En el caso de defectos o vicios ocultos, el Comprador notificar\u00e1 a DPRC de inmediato los defectos descubiertos, adjuntando soporte gr\u00e1fico y descripci\u00f3n con el m\u00e1ximo detalle posible, a fin de poder efectuar una eventual reclamaci\u00f3n ulterior al fabricante. En todo caso, el Comprador dispondr\u00e1 de un plazo de un mes a contar desde la fecha de entrega para realizar reclamaciones basadas en vicios ocultos.<\/td><\/tr><tr><td>4.3. Una vez transcurrido el plazo indicado de 72 horas indicado en el Ap\u00ba 4.1. o el plazo de un mes de defectos ocultos al que se refiere la cl\u00e1usula 4.2, DPRC no atender\u00e1 reclamaci\u00f3n alguna.<\/td><\/tr><tr><td>4.4. Si existiese una reclamaci\u00f3n fundada acerca del material servido por DPRC, \u00e9sta lo retirar\u00e1 a la mayor brevedad posible.<\/td><\/tr><tr><td>4.5. Se aplicar\u00e1n tolerancias usuales del sector para las cantidades, pesos y medidas. La cantidad y el peso de cualquier entrega de Mercanc\u00edas seg\u00fan lo registrado por DPRC e informada por el ticket de pesaje del transportista, en el momento de la expedici\u00f3n desde el lugar de carga, ser\u00e1 prueba concluyente del peso recibido por el Comprador<\/td><\/tr><tr><td>4.6. DPRC no se hace responsable del da\u00f1o causado por el material vendido en los procesos productivos del cliente, ni por calidad o composici\u00f3n del material, ni por uso debido o indebido. En cualquier caso, el Cliente acepta ,expresamente, que exime a DPRC de cualquier reclamaci\u00f3n que pudiera derivarse de los procesos de producci\u00f3n, transformaci\u00f3n del material vendido por DPRC<\/td><\/tr><tr><td><strong>5. Precios, Condiciones de Pago y transferencia de la propiedad<br><\/strong>5.1. La moneda de la transacci\u00f3n de compra venta se indicar\u00e1 en el SC; en el caso de que no se especifique, se entender\u00e1 que es en Euros.<\/td><\/tr><tr><td>5.2. El precio especificado en el SC ser\u00e1 incrementado, en todos los casos, con los impuestos que, en cada caso, resulten de aplicaci\u00f3n a la operaci\u00f3n de que se trate, y que se reflejar\u00e1n en la factura que DPRC enviar\u00e1 al Comprador, tras la entrega de la mercanc\u00eda.<\/td><\/tr><tr><td>5.3. En caso de que DPRC y el Comprador firmen un acuerdo de aprovisionamiento que conlleven m\u00e1s de un SC, en un periodo mayor de 90 d\u00edas, DPRC se reserva el derecho de repercutir al Comprador las eventuales variaciones de precios que sean el resultado directo de variaciones at\u00edpicas del mercado, tales como, por ejemplo, la fluctuaci\u00f3n de las divisas, aumento significativo de los costes de mano de obra de navieras, agentes de aduanas o transportistas, cambios en aranceles o impuestos indirectos, incremento del precio de los combustibles o de materias primas, o supuestos similares o an\u00e1logos. Si dicha situaci\u00f3n se produjera, DPRC notificar\u00e1 al Comprador por escrito el cambio de precios, motivando la modificaci\u00f3n efectuada.<br><\/td><\/tr><tr><td>5.4. La fecha de pago del material o servicio se especificar\u00e1 en el SC, y en todo caso en la factura. El Comprador se compromete a hacer efectivo el pago en la fecha pactada; cualquier retraso en la fecha de pago acordada, deber\u00e1 contar con el previo consentimiento escrito de DPRC.<\/td><\/tr><tr><td>5.5. En caso de que el Comprador se retrasara en la fecha de pago, sin perjuicio de la posibilidad de resoluci\u00f3n contractual por parte de DPRC, el Comprador satisfar\u00e1 a DPRC un inter\u00e9s moratorio nominal superior en dos puntos porcentuales al inter\u00e9s legal del dinero en Espa\u00f1a- en el momento de pago, sobre cualesquiera cantidades adeudadas y hasta el completo pago de dichas cantidades [Puede consultar el inter\u00e9s legal del dinero en Espa\u00f1a https:\/\/clientebancario.bde.es\/].<\/td><\/tr><tr><td>5.6. La propiedad de las mercanc\u00edas se transferir\u00e1 al Comprador, cuando \u00e9ste haya abonado la totalidad del precio o -en su caso- de las deudas derivadas de la transacci\u00f3n del SC. DPRC podr\u00e1 optar por exigir la devoluci\u00f3n \u00edntegra de las mercanc\u00edas, si el pago no se hubiera realizado en tiempo y forma oportunos, despu\u00e9s de una semana contada desde la fecha de puesta a disposici\u00f3n de las mismas, y ello sin perjuicio de los da\u00f1os y perjuicios que el deudor ocasione por su negativa al pago, que le podr\u00e1n ser exigidos en todo caso.<\/td><\/tr><tr><td><strong>6. Fuerza Mayor.<br><\/strong>6.1. Si DPRC no cumpliera sus obligaciones contractuales por causa de Fuerza Mayor, el Comprador podr\u00e1 resolver el acuerdo de SC, si bien, DPRC podr\u00e1 facturar los servicios ejecutados hasta el momento de la comunicaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n del acuerdo.<\/td><\/tr><tr><td><strong>7. Reglamentaci\u00f3n Reach<br><\/strong>7.1. DPRC est\u00e1 en cumplimiento o est\u00e1 en el proceso de cumplir con la m\u00e1s reciente Reglamentaci\u00f3n REACH, si bien no se hace responsable de posibles modificaciones que pueda hacer la ECHA y que afecten al material objeto de la compra venta<\/td><\/tr><tr><td><strong>8. Responsabilidad<br><\/strong>DPRC no se hace responsable del da\u00f1o causado por el material vendido en los procesos productivos del cliente, ni por calidad o composici\u00f3n del material, ni por uso debido o indebido.<br>8.1. Las mercanc\u00edas se encuentran aseguradas por DPRC hasta el momento de puesta a disposici\u00f3n de las mismas, seg\u00fan se acuerde en el SC.<br>8.2. En el caso de que DPRC gestione la carga y el transporte de las mercanc\u00edas, DPRC ampliar\u00e1 el seguro, por cuenta del Comprador, de conformidad con el contenido del SC.<br>8.3. Sin perjuicio del contenido de los dos p\u00e1rrafos anteriores, la responsabilidad de DPRC, por todos los conceptos, no ser\u00e1 superior al 50% de la cuant\u00eda del SC, salvo en los casos de dolo o culpa<br>8.4. En ning\u00fan caso, no obstante, DPRC ser\u00e1 responsable del eventual da\u00f1o que pueda causar la mercanc\u00eda en las cosas o las personas durante el proceso de carga, transporte o entrega al Comprador, ni del fin al que la mercanc\u00eda pueda destinarse, ni de los eventuales da\u00f1os que pueda causar en los procesos productivos del Comprador cuando sea sometida a almacenaje, conservaci\u00f3n o transformaci\u00f3n, cuestiones todas ajenas a la actividad de DPRC.<br>8.5. DPRC no ser\u00e1 responsable de da\u00f1os indirectos, tales como -a t\u00edtulo meramente enunciativo y no limitativo- da\u00f1os consecuentes, da\u00f1os debidos a retrasos no ocasionados directamente por DPRC, o p\u00e9rdidas de beneficios o negocios.<br>8.6. DPRC no responde por fraude o conducta dolosa atribuible a terceros.<\/td><\/tr><tr><td><strong>9. Terminaci\u00f3n o suspensi\u00f3n del acuerdo<br><\/strong>9.1. DPRC podr\u00e1 suspender o terminar el acuerdo si el Comprador incumpliera cualquiera de las obligaciones objeto del presente acuerdo, sin perjuicio de la indemnizaci\u00f3n de da\u00f1os y perjuicios adicionales que, en su caso, corresponda exigir.<br><br><br><\/td><\/tr><tr><td><strong>10. Jurisdicci\u00f3n aplicable<br><\/strong>10.1. El SC y cualquier acuerdo posterior aut\u00f3nomo o complementario estar\u00e1 sometido exclusivamente, a la legislaci\u00f3n espa\u00f1ola y, en su caso, a la legislaci\u00f3n internacional que haya sido expresamente incluida en el presente documento.<br>10.2. Las partes, con renuncia a cualquier otro fuera que -por cualquier causa- pudiere corresponderles, someten el conocimiento del presente Contrato a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid- Espa\u00f1a.<\/td><\/tr><\/tbody><\/table><\/figure>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>1. 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